Derecho contractual
La NIIF 4 Contratos de seguro se aplica, con limitadas excepciones, a todos los contratos de seguro (incluidos los de reaseguro) que una entidad emita y a los contratos de reaseguro que mantenga. A la luz del proyecto global del IASB sobre los contratos de seguro, la norma establece una exención temporal de los requisitos de algunas otras NIIF, incluido el requisito de considerar la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores al seleccionar las políticas contables para los contratos de seguro.
La entidad que opte por aplicar el enfoque de superposición de forma retrospectiva a los activos financieros cualificados lo hará cuando aplique por primera vez la NIIF 9. Una entidad que elija aplicar el enfoque de diferimiento lo hace para los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2018.
La fecha de entrada en vigor de la NIIF 17, que sustituirá a la NIIF 4, es ahora el 1 de enero de 2023; la fecha de vencimiento fijada para la exención temporal de la NIIF 4 de aplicar la NIIF 9 se ha aplazado hasta el 1 de enero de 2023.
Las modificaciones requieren que las aseguradoras que aplican la exención temporal de la NIIF 9 apliquen las modificaciones de la NIIF 9 en la contabilización de las modificaciones requeridas directamente por la reforma del IBOR, son efectivas para los períodos anuales que comienzan a partir del 1 de enero de 2021
Partes de un contrato
Enmiendas textualesF6S. 4 omitido (1.10.2015 para fines específicos, 1.10.2016 en la medida en que no esté ya en vigor) en virtud de la Ley de Derechos del Consumidor de 2015 (c. 15), s. 100(5), Sch. 4 para. 6; S.I. 2015/1630, arts. 3(g), 4(c) (con el art. 6(1)(2)) Responsabilidad derivada de la venta o el suministro de bienesE+W+N.I.F75 “Garantía” de bienes de consumo.E+W+N.I..
Enmiendas al textoF7S. 5 omitido (1.10.2015) en virtud de la Consumer Rights Act 2015 (c. 15), s. 100(5), Sch. 4 para. 7; S.I. 2015/1630, art. 3(g) (con art. 6(1))6 Venta y compra a plazos.E+W+N.I.(1)La responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de- (a)[F8sección 12 de la Ley de Venta de Bienes de 1979] (compromisos implícitos del vendedor en cuanto a la titularidad, etc.); (b)sección 8 de la Ley de Suministro de Bienes M3 (Términos Implícitos) de 1973 (lo correspondiente en relación con la compra a plazos), no puede excluirse ni restringirse por referencia a ningún término del contrato.
Enmiendas al textoF18S. 9 omitido (1.10.2015 a efectos específicos, 1.10.2016 en la medida en que no esté ya en vigor) en virtud de la Consumer Rights Act 2015 (c. 15), s. 100(5), Sch. 4 para. 10; S.I. 2015/1630, arts. 3(g), 4(c) (con el art. 6(1)(2))10 Evasión por medio de un contrato secundario.E+W+N.I.Una persona no está obligada por ninguna cláusula contractual que perjudique o elimine los derechos suyos que surgen en virtud de otro contrato o en relación con su ejecución, en la medida en que esos derechos se extiendan a la ejecución de la responsabilidad de otro que esta parte de esta Ley impide que ese otro excluya o restrinja.
Partes del contrato
Un contrato debe tener una oferta válida, comprensible y específica, y debe haber una aceptación de la oferta. Tanto la oferta como la aceptación de la oferta deben ser breves pero lo suficientemente claras para que no haya lugar a errores.
Los menores de edad y las personas a las que se les ha demostrado que están locos suelen ser clasificados como no capaces de llegar a un acuerdo porque no saben lo que están haciendo. Además, las personas bajo la influencia de las drogas o el alcohol no pueden celebrar ningún contrato vinculante.
Cada una de las partes de un contrato tiene que estar de acuerdo con los términos significativos y estar obligada por el contrato. En pocas palabras, las partes deben estar de acuerdo con la naturaleza del acuerdo y los detalles del contrato.
Cuando se trata de presentar una demanda por incumplimiento de contrato, la prescripción juega un papel importante en la diferencia entre los contratos verbales y los escritos. También por esta razón, siempre es mejor optar por un contrato escrito.
Contrato bilateral
Los contratos siempre empiezan con una oferta. Una oferta es una expresión de la voluntad de celebrar un contrato en determinadas condiciones. Es importante establecer qué es y qué no es una oferta. Las ofertas deben ser firmes, no ambiguas ni vagas. La persona que hace la oferta se llama oferente.
Invitación a negociar: Las ofertas son diferentes a las invitaciones a tratar. Una invitación a tratar no es una oferta. Cuando usted pone su casa en venta, no está haciendo una oferta; está haciendo una oferta para tratar. Está invitando a los compradores potenciales a que le hagan una oferta para comprar su casa. Lo mismo ocurre con la mayoría de los anuncios. Las tiendas están haciendo una oferta para tratar. Están expresando su voluntad de venderte algo si les ofreces su precio de venta. Sin embargo, no están obligados a aceptar su oferta. Por ejemplo, usted pone un anuncio en Internet para vender su automóvil por un precio determinado. Alguien le hace una oferta para comprarle el coche al precio total. ¿Tiene que aceptar su oferta? No. Usted está haciendo una oferta para tratar, y no está obligado a aceptar su oferta real para comprar su automóvil.