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Sec. 3. Reglamentación y aplicación. (a) El Consejo Regulador de Adquisiciones Federales, en la medida en que lo permita la ley, modificará el Reglamento de Adquisiciones Federales para prever la inclusión en las licitaciones y contratos federales sujetos a esta orden de la cláusula descrita en la sección 2(a) de esta orden y, antes del 8 de octubre de 2021, tomará las medidas iniciales para implementar la dirección política apropiada a las oficinas de adquisición para el uso de la cláusula, recomendando que las agencias ejerzan su autoridad bajo la subparte 1.4 del Reglamento de Adquisiciones Federales. (b) Antes del 8 de octubre de 2021, las agencias tomarán medidas, en la medida permitida por la ley, para ejercer cualquier autoridad aplicable para garantizar que los contratos e instrumentos similares a los contratos descritos en la sección 5(a) de esta orden que no estén sujetos al Reglamento Federal de Adquisiciones y que se celebren a partir del 15 de octubre de 2021, en consonancia con la fecha de entrada en vigor de dicha acción de la agencia, incluyan la cláusula descrita en la sección 2(a) de esta orden.
Título 41 del Código de Regulaciones Federales
Pub. L. 111-350, §3, 4 de enero de 2011, 124 Stat. 3677, dispuso que: “Ciertas leyes generales y permanentes de los Estados Unidos, relacionadas con los contratos públicos, son revisadas, codificadas y promulgadas como el título 41 del Código de los Estados Unidos, “Contratos Públicos”, como sigue:”
“(a) Fecha de corte.-Esta Ley [ver Tablas para la clasificación] reemplaza ciertas disposiciones de la ley promulgada en o antes del 31 de diciembre de 2008. Si una ley promulgada después de esa fecha modifica o deroga una disposición sustituida por esta Ley, se considerará que esa ley modifica o deroga, según sea el caso, la disposición correspondiente promulgada por esta Ley. Si una ley promulgada después de esa fecha es de otro modo inconsistente con esta Ley, sustituye a esta Ley en la medida de la inconsistencia.
“(b) Fecha original de promulgación sin cambios.-Para efectos de determinar si una disposición de ley sustituye a otra basada en la promulgación posterior en el tiempo, la fecha de promulgación de una disposición promulgada por esta Ley se considera como la fecha de promulgación de la disposición que reemplazó.
“c) Referencias a las disposiciones sustituidas.-Se considera que una referencia a una disposición legal sustituida por esta Ley, incluida una referencia en un reglamento, orden u otra ley, se refiere a la disposición correspondiente promulgada por esta Ley.
Directorio de la Usc
El CiMUS lanza una convocatoria para atraer a nuevos doctorandos al centro, ofreciendo 10 contratos de investigación a tiempo parcial (18’5 h/semana) que está previsto que comiencen a partir del 15 de octubre de 2020. La relación contractual con los candidatos seleccionados tendrá una duración máxima e improrrogable de 12 meses, y cada uno de los contratos seleccionados estará dotado de un salario bruto total de 674,85 €/mes.
Los candidatos seleccionados, en el momento de la firma del contrato de trabajo, deberán estar matriculados en un programa de doctorado de la Universidad de Santiago de Compostela para el curso académico 2020/21 bajo la supervisión de un IP del CiMUS.
Las solicitudes sólo se pueden presentar electrónicamente a través de este enlace (link is external)(link is external). A continuación, seleccione el nº de referencia de la convocatoria 11/2020 y el nº de referencia de la plaza: 2019-PG062
Vivienda Usc 2022-2023
La adquisición con fines experimentales autoriza al gobierno a adquirir las cantidades necesarias para la experimentación, la evaluación técnica, la evaluación de la utilidad operativa o para mantener una capacidad operativa residual. Esta autoridad permite actualmente adquisiciones en las nueve áreas siguientes:
Las adquisiciones con fines experimentales pueden ser competitivas o no competitivas y adjudicarse mediante un contrato o acuerdo. Las FAR y las DFARS no son aplicables; por lo tanto, los procedimientos competitivos formales no se aplican y cualquier contrato resultante no está obligado a incluir las disposiciones y cláusulas estándar requeridas por las leyes de adquisición. En su lugar, se puede redactar un contrato utilizando términos comerciales. Otra opción es utilizar un acuerdo del tipo “Otras transacciones”, similar a los acuerdos redactados bajo la autoridad del 10 U.S.C. §4021 o del 10 U.S.C. §4022.
Posibilidad de utilizarlo junto con los OT de investigación científica y tecnológica 10 U.S.C. §4021 o los concursos de premios 10 U.S.C. §4025 para permitir una rápida transición de las tecnologías emergentes a los sistemas de campo para su prueba y evaluación