Fuerza mayor en contratos de obra

Cláusula de fuerza mayor en el contrato

Es fundamental crear contratos completos para las obras de construcción. Al hacerlo, se garantiza que todos los criterios de ejecución del contrato queden claramente establecidos, así como otros términos y condiciones clave. Esto incluye cláusulas para circunstancias que pueden retrasar o impedir completamente la finalización de la obra. Un ejemplo clave son las cláusulas de fuerza mayor.

Esta guía le ayudará a entender cómo integrar las cláusulas de fuerza mayor en sus contratos, así como sus capacidades y limitaciones. La fuerza mayor no es una tarjeta de salida de la cárcel, pero, cuando se considera bien, puede evitar largas disputas contractuales que, de otro modo, costarían tiempo y dinero a todos.

La fuerza mayor se refiere a acontecimientos imprevisibles que escapan al control razonable de cualquiera, y que impiden a una o varias de las partes implicadas cumplir los términos acordados en el contrato. Suelen provocar retrasos y aplazamientos, y en algunos casos incluso la rescisión del contrato.

“En el caso Nugent v Smith (1876)1 CPD 423, la fuerza mayor se definió como “causas naturales directa y exclusivamente sin intervención humana y que no podrían haberse evitado con cualquier cantidad de previsión y [planes] y cuidado que razonablemente se hubiera esperado”. En la práctica del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, la fuerza mayor se ha definido como “un acontecimiento inhabitual, imprevisible y ajeno a la voluntad del comerciante, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse aunque se hubiera actuado con toda la diligencia necesaria”.

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Fuerza mayor en el marco del convenio

Este boletín de Building Brief examina la fuerza mayor en los proyectos de construcción en las provincias de derecho común de Canadá y en los contratos de construcción basados en el derecho común. Un artículo simultáneo de Building Brief examina la fuerza mayor bajo el Código Civil de Québec.

El concepto de fuerza mayor se refiere a los casos en que un contrato no puede ser ejecutado en su totalidad o respetado debido a circunstancias extraordinarias o extremas, a menudo denominadas “actos de Dios” y que suelen incluir desastres naturales (u otros “actos de Dios”), incendios, inundaciones, guerras, conflictos laborales, huelgas y cierres patronales.

Algunas cláusulas de fuerza mayor enumeran explícitamente “enfermedades”, “plagas”, “restricciones de cuarentena” y/o “epidemias” como acontecimientos desencadenantes, pero muchas no lo hacen. Un ejemplo es el contrato de gestión de la construcción 5B del Comité Canadiense de Documentos de Construcción (CCDC) y el contrato de precio estipulado CCDC 2, que enumera elementos como los conflictos laborales, las huelgas, los cierres patronales, los incendios, las condiciones meteorológicas anormalmente adversas y cualquier causa ajena al control del contratista que no sea consecuencia de un incumplimiento o una violación del contrato.

Fuerza mayor en los contratos públicos

El término “fuerza mayor” significa en francés “fuerza superior o irresistible”. En el derecho civil y consuetudinario de Estados Unidos, el término se refiere a las catástrofes naturales e inevitables que afectan a la ejecución del contrato.  Las cláusulas contractuales de fuerza mayor asignan el riesgo de tales acontecimientos. La mayoría de los contratos de construcción estándar de EE.UU. (por ejemplo, American Institute of Architects y ConsensusDocs), no utilizan específicamente el término “fuerza mayor”. Lo mismo ocurre con los contratos de construcción del gobierno federal y la mayoría de los contratos públicos estatales y locales. En su lugar, las soluciones a los casos de fuerza mayor en la mayoría de los contratos de construcción de EE.UU. se abordan en las cláusulas de reparación de retrasos y prórrogas. Por comodidad, utilizaremos el término “fuerza mayor” para referirnos a todas estas cláusulas de reparación.

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Además, si se quiere invocar una cláusula de fuerza mayor, es fundamental seguir los requisitos contractuales para hacerlo. Tenga en cuenta la forma y el fondo de cualquier notificación requerida, así como los plazos de notificación asociados. Muchos estados exigen un cumplimiento estricto de estos requisitos de notificación, y el incumplimiento de un solo aspecto puede anular una reclamación o una solicitud de prórroga.

Recursos por fuerza mayor

Hasta la fecha, el mercado sigue experimentando importantes perturbaciones en las cadenas de suministro y la inaccesibilidad a la mano de obra. Los directores, contratistas, subcontratistas y consultores se enfrentan a continuas dificultades para cumplir sus obligaciones contractuales en los grandes proyectos de infraestructuras y construcción. Para minimizar estos impactos continuos es necesario adoptar enfoques bien pensados y considerados cuando se suscriben nuevos acuerdos contractuales.

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Si ya es parte de un contrato o va a firmar uno nuevo, la incertidumbre del mercado exige que se familiarice con lo que establece específicamente la cláusula de fuerza mayor o, en este último caso, considere la inclusión de una cláusula de fuerza mayor. Esto se aplica tanto a los contratos locales como a los internacionales. En la mayoría de los casos, los contratos internacionales de servicios se rigen por el sistema de derecho común, según el cual la única forma de reclamar una indemnización por circunstancias ajenas a la voluntad de cualquiera de las partes es por frustración o fuerza mayor.

En pocas palabras, una cláusula de fuerza mayor es un mecanismo contractual que exime a una parte del cumplimiento de sus obligaciones contractuales cuando ésta no puede hacerlo debido a un acontecimiento perturbador que suele especificarse en el contrato. Dicho acontecimiento debe ser imprevisible y estar fuera del control de cualquiera de las partes.

Por Janice Hernandes Barrios

Mi nombre es Janice Hernandes Barrios, soy analista de datos en una empresa de predicción térmica. A pesar de que paso mucho trabajando, tengo tiempo suficiente como para dedicarme al baile urbano todas las tardes sin falta.

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