Criterios de adjudicación de los contratos públicos
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La manipulación de ofertas (o licitación colusoria) se produce cuando las empresas, que en otras circunstancias deberían competir, conspiran secretamente para subir los precios o bajar la calidad de los bienes o servicios para los compradores que desean adquirir productos o servicios a través de un proceso de licitación.
Un licitador es una persona, empresa comercial u otra organización que se ofrece a proporcionar bienes, servicios u obras en respuesta a una solicitud de un organismo público. El énfasis en la oferta de bienes, servicios u obras en respuesta a una solicitud de un organismo público es necesario para diferenciar a un licitador de un proveedor (véase Proveedor)
La compra centralizada es un procedimiento en el que un poder adjudicador asume la responsabilidad de 1) adquirir bienes o servicios destinados a uno o varios poderes adjudicadores; 2) adjudicar contratos públicos de obras, bienes o servicios destinados a uno o varios poderes adjudicadores; o 3) celebrar acuerdos marco de obras, bienes o servicios destinados a uno o varios poderes adjudicadores.
Factores a tener en cuenta en la adjudicación de un contrato
El requisito fundamental de la política de contratación es que toda la contratación pública debe basarse en la relación calidad-precio, definida como “la mejor combinación de calidad y eficacia por el menor gasto durante el periodo de utilización de los bienes o servicios adquiridos”. Esto debe lograrse a través de la competencia, a menos que haya razones de peso para lo contrario.
Además de estos principios fundamentales del Tratado, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha establecido algunos principios jurídicos generales. Los más importantes de estos principios generales del derecho que debe conocer en el contexto de la contratación pública son:
Desde los años setenta, la UE ha adoptado normas para garantizar que el mercado de la contratación pública de la UE sea abierto y competitivo y que los proveedores reciban un trato equitativo y justo. Las normas abarcan aspectos como la publicidad de los contratos, los procedimientos de evaluación de las credenciales de las empresas, la adjudicación de los contratos y los recursos (sanciones) cuando se incumplen estas normas.
Las normas de la UE se recogen en una serie de directivas que se actualizan periódicamente. Los Estados miembros tienen que elaborar legislación nacional (reglamentos) para aplicar las normas de la UE en la legislación nacional dentro de determinados plazos. La última actualización de las directivas de contratación pública de la UE se produjo en abril de 2014. Esta actualización fue el resultado de una exitosa campaña de presión por parte del gobierno del Reino Unido y de nuestros socios de la UE para negociar un régimen de normas de contratación más simple y flexible. Los Estados miembros disponían entonces de dos años para incorporarlas a su legislación nacional, es decir, antes de abril de 2016.
Contratos públicos
Las autoridades públicas celebran contratos para garantizar la realización de obras y la prestación de servicios. Estos contratos representan un volumen de operaciones de 2 448 000 millones de euros, lo que demuestra que la contratación pública europea es un importante motor de crecimiento económico, creación de empleo e innovación. El paquete de contratación pública adoptado en 2014 por el Parlamento y el Consejo añade 2.880 millones de euros anuales al PIB de la UE. Además, las directivas de la UE en materia de contratación pública han dado lugar a un aumento del valor total de las adjudicaciones, que ha pasado de menos de 200 000 millones de euros a aproximadamente 525 000 millones de euros.
Los contratos públicos desempeñan un papel importante en las economías de los Estados miembros y se calcula que generan más del 16% del PIB de la Unión. Antes de la aplicación de la legislación comunitaria, sólo el 2% de los contratos públicos se adjudicaban a empresas no nacionales. Estos contratos desempeñan un papel fundamental en determinados sectores (construcción, obras públicas, energía, telecomunicaciones e industria pesada), y tradicionalmente las normas legales o administrativas han dado preferencia a los proveedores nacionales. Esta falta de competencia abierta y efectiva era un obstáculo para la realización del mercado único, ya que aumentaba los costes para los poderes adjudicadores y frenaba la competitividad en determinados sectores clave.
Plantilla de criterios de evaluación de la contratación
(a) la calidad, incluidos el mérito técnico, las características estéticas y funcionales, la accesibilidad, el diseño para todos los usuarios, las características sociales, medioambientales e innovadoras y el comercio y sus condiciones; b) la organización, la cualificación y la experiencia del personal asignado a la ejecución del contrato, cuando la calidad del personal asignado pueda tener una repercusión significativa en el nivel de ejecución del contrato; o c) el servicio posventa y la asistencia técnica, las condiciones de entrega, como la fecha de entrega, el proceso de entrega y el plazo de entrega o el período de ejecución. (4) El elemento de coste también puede adoptar la forma de un precio o coste fijo sobre cuya base los operadores económicos competirán únicamente con criterios de calidad.
(5) Los criterios de adjudicación se considerarán vinculados al objeto del contrato público cuando se refieran a las obras, los suministros o los servicios que deban prestarse en el marco de dicho contrato en cualquier aspecto y en cualquier fase de su ciclo de vida, incluidos los factores relacionados con
(a) el proceso específico de producción, prestación o comercialización de dichas obras, suministros o servicios, o b) un proceso específico de otra fase de su ciclo de vida, aun cuando dichos factores no formen parte de su sustancia material.