Lejos parte 1
Contenidos
(2) No obstante, debe darse efecto a las normas imperativas de derecho nacional, supranacional e internacional que, según las normas pertinentes de derecho internacional privado, sean aplicables con independencia de la ley que rija el contrato.
(2) No obstante, una parte puede invocar la ley del país en el que tiene su residencia habitual para establecer que no ha dado su consentimiento si de las circunstancias se desprende que no sería razonable determinar el efecto de su conducta de acuerdo con estos Principios.
(1) Estos Principios deben interpretarse y desarrollarse de acuerdo con sus fines. En particular, debe tenerse en cuenta la necesidad de promover la buena fe y la lealtad negocial, la seguridad en las relaciones contractuales y la uniformidad de aplicación.
(4) El término “incumplimiento” denota cualquier falta de cumplimiento de una obligación contractual, sea o no excusada, e incluye el retraso en el cumplimiento, el cumplimiento defectuoso y la falta de cooperación para dar pleno efecto al contrato.
¿Qué es un acuerdo de adquisición?
Acuerdo de adquisición: el acuerdo, incluido el acuerdo de venta, entre el vendedor y el comprador en el que se describen los términos y condiciones de la adquisición. Los acuerdos de adquisición también incluyen cualquier otro acuerdo, como las opciones y los acuerdos subsidiarios relacionados con los términos de la transacción.
¿Cuál es el objetivo de la estrategia de adquisición?
La función principal de una estrategia de adquisición es documentar los factores, el enfoque y los supuestos que guiarán las decisiones de adquisición relacionadas con la inversión. El desarrollo de una estrategia de adquisición permite identificar los riesgos y considerar las compensaciones necesarias para mitigarlos.
¿Cuál es la diferencia entre un plan de adquisición y una estrategia?
La estrategia de adquisición es la idea y el plan es la documentación, el mapa.
Estrategia de adquisición
La Autoridad Bancaria Europea (ABE), la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) han revisado y actualizado conjuntamente las directrices no vinculantes para la evaluación prudencial de las adquisiciones de participaciones cualificadas que habían sido elaboradas en 2008 por los tres antiguos comités financieros de la UE (CSBE, CERV y CESSPJ).
Las directrices desarrollan el proceso de evaluación definido en el marco legislativo de la UE y armonizan en toda la UE las condiciones en las que el adquirente propuesto de una participación cualificada en una entidad financiera debe notificar su decisión a la autoridad competente responsable de la supervisión prudencial de la empresa.
Se define un procedimiento claro y transparente para la evaluación prudencial por parte de las autoridades competentes. El documento trata de garantizar que el adquirente conozca fácilmente la información que se le exigirá, a fin de que las autoridades competentes puedan evaluar la adquisición propuesta de forma completa y oportuna.
Normativa federal sobre adquisiciones
La contratación de servicios basada en el rendimiento (PBSC) hace hincapié en que todos los aspectos de una adquisición se estructuren en torno a la finalidad del trabajo que se va a realizar, en contraposición a la forma en que se va a realizar el trabajo o a declaraciones de trabajo amplias e imprecisas que impiden una evaluación objetiva del rendimiento del contratista. Está diseñado para garantizar que los contratistas tengan libertad para determinar cómo cumplir los objetivos de rendimiento del Gobierno, que se alcancen los niveles de calidad de rendimiento adecuados y que el pago se realice únicamente por los servicios que cumplan con estos niveles.
Este documento contiene las mejores prácticas que han demostrado ser útiles para la redacción de las declaraciones de trabajo, las solicitudes y los planes de garantía de calidad, así como para la adjudicación y administración de los contratos de servicios basados en el rendimiento. Muchas de estas prácticas se identificaron a través del Programa de Compromiso PBSC de la Oficina de Política de Contratación Pública del Gobierno. Este documento no es una guía normativa obligatoria, ni pretende servir como un manual detallado de “cómo hacerlo”. Ya existen manuales de este tipo, cuyas citas se incluyen en el Apéndice 1.
Contrato Cpff
Parte 1Parte 2Parte 3Parte 4Parte 5Parte 6Parte 7Parte 8Parte 9Parte 10Parte 11Parte 12Parte 13Parte 14Parte 15Parte 16Parte 17Parte 18Parte 19Parte 20Parte 21Parte 22Parte 23Parte 24Parte 25Parte 26Parte 27Parte 28Parte 29Parte 30Parte 31Parte 32Parte 33Parte 34Parte 35Parte 36Parte 37Parte 38Parte 39Parte 40Parte 41Parte 42Parte 43Parte 44Parte 45Parte 46Parte 47Parte 48Parte 49Parte 50Parte 51Parte 52Parte 53
La necesidad de los suministros o servicios es imperiosa e inusualmente urgente (es decir, cuando el Gobierno se vería gravemente perjudicado, financieramente o de otro modo, si la necesidad no se satisface antes de lo que sería posible si los precios se establecieran antes de comenzar el trabajo). El responsable de la contratación procederá a la fijación de precios tan pronto como sea posible. En ningún caso se fijará el precio de todo el pedido con carácter retroactivo.